14.4 El engaño en el comercio
14.4 Deceit in Trade
El contrato de compraventa es, en su origen, vinculante. Así, una vez completado el contrato mediante la oferta y la aceptación entre el vendedor y el comprador, y terminadas las sesiones de la venta, el contrato de compraventa se vuelve vinculante y ambas partes deben cumplirlo. Pero, dado que el contrato de transacción debe completarse de una manera que elimine las disputas entre las personas, la Shar'a prohibió que la gente engañara en el comercio, y convirtió en pecador a quien engaña, ya sea que fuera el vendedor o el comprador, y ya fuera el engaño en la mercancía o en la moneda; todo esto está prohibido (Haram), ya que el engaño podría producirse por parte del vendedor o del comprador.
The sale contract is originally binding. So once the contract by the offer and acceptance between the seller and the purchaser was completed, and the meetings of sale finished, then the sale contract becomes binding and the two sides have to execute it. But because the contract of transaction must be completed in a manner which eliminates disputes amongst the people, Shar’a made it prohibited for the people to deceive in trading, and it made the one who deceives sinful whether He was the seller or the purchaser, and whether deception was in the commodity or the currency; all of this is prohibited (Haram), since deceit could occur from the seller or from the purchaser.
El engaño del vendedor respecto a la mercancía consiste en ocultar al comprador el defecto, estando él al tanto del mismo; o en encubrir el defecto ante el comprador de un modo que le haga suponer que no existe defecto alguno, o en disimular la mercancía de forma que aparente ser buena. El engaño por parte del comprador en el precio consiste en falsificar la moneda o en ocultar una falsificación estando él al tanto de ella. El precio (de la mercancía) puede variar según lo vendido debido al engaño en ello, y el comprador puede sentirse inducido a adquirir una mercancía por causa del engaño que contiene. Tal engaño, en todas sus formas, es haram según lo que narró Abu Hurairah del Mensajero de Allah ﷺ, quien dijo: “No atéis las ubres de los camellos y de las ovejas; y quien las compre después de haber hecho eso, tiene derecho a elegir tras ordeñarlas: si le agradan, que se las quede, y si no, que las devuelva junto con un sa’a (medida de volumen) de dátiles.” Asimismo, lo narrado por Ibn Majah de Abu Hurairah, quien dijo que el Mensajero de Allah ﷺ dijo: “Quien compre un camello o una oveja con la ubre atada, tiene derecho a devolverlo dentro de tres días junto con un sa’a de dátiles o de trigo” (que representa el precio de la leche que ha obtenido). Al-Bazzar narró de Anas, del Mensajero de Allah ﷺ, que prohibió vender animales que no han sido ordeñados. Por tanto, estos ahadices son claros en prohibir atar las ubres de camellos y ovejas, y en prohibir vender un animal que se ha dejado sin ordeñar hasta que la ubre se ha agrandado, haciendo suponer que es un animal lechero, pues esto constituye engaño y está prohibido (haram). De igual modo, toda acción que encubra el defecto o lo oculte se considera engaño y está prohibida, ya sea en la mercancía o en la moneda, pues es fraude. No está permitido al musulmán engañar en la mercancía ni en la moneda. En cambio, debe mostrar el defecto de la mercancía y explicar la falsificación en la moneda. No le está permitido engañar en la mercancía para hacerla circular o venderla a un precio más alto. Tampoco le está permitido engañar en la moneda para que sea aceptada como precio de una mercancía. Esto se debe a que la prohibición del Profeta ﷺ al respecto fue categórica. Ibn Mayah narró de `Uqbah ibn `Amir, de el Profeta ﷺ, que dijo: “El musulmán es hermano del musulmán, y no le está permitido a un musulmán comprar a su hermano una cosa defectuosa sin que se le muestre ese defecto”. Bujari narró también de Hakim ibn Hizam, de el Profeta ﷺ, que dijo: “Los dos comerciantes (el vendedor y el comprador) tienen la opción (de concluir o anular el trato) antes de separarse. Si fueron honestos y explicaron (la mercancía y la moneda), su venta será bendecida. Pero si ocultaron (el defecto) y mintieron (el uno al otro), la bendición de su venta será eliminada”. El Profeta ﷺ también dijo: “Ninguno de nosotros tiene permitido engañar”, como narraron Ibn Mayah y Abu Dawud de Abu Hurairah. Y quien haya obtenido algo mediante el engaño y el fraude no lo poseería (legalmente), porque el engaño no es uno de los medios de propiedad, sino de los medios prohibidos, y por tanto aquello obtenido mediante engaño es una propiedad prohibida e ilegal (suht). El Profeta ﷺ dijo: “Ninguna carne humana que crezca a partir de una propiedad ilegal (suht) entrará en el paraíso; el Fuego del infierno es más merecedor de ella”, narrado por Ahmad de Jabir ibn Abdullah. Si se produjo un fraude, ya sea en la mercancía o en la moneda, la persona engañada tiene la opción de disolver el contrato o de llevarlo a cabo, sin más alternativas. Así, si el comprador desea quedarse con la mercancía defectuosa y recibir la indemnización, es decir, la diferencia en los precios de las mercancías sin defecto y con defecto. No tiene derecho a hacerlo, porque el Profeta ﷺ no permitió tomar la indemnización; más bien le dio a elegir entre dos opciones: "Si quiere, puede quedarse con la mercancía o devolverla", según narra Al-Bujari de Abu Hurairah.
No es una condición que el vendedor conociera el fraude o el defecto (de la mercancía) para que se conceda la opción. Más bien, la opción se otorga a la persona engañada una vez que el fraude ha quedado demostrado, sin importar que el vendedor lo supiera o no. Esto se debe a que los Ahadith son generales en su sentido y a que la realidad de la venta es que se produjo con aquello que estaba prohibido. Esto contrasta con el engaño (Ghubn), que se demuestra una vez que se conoce. Esto se debe a que, si él no estaba al tanto (del engaño), entonces no sería realmente un engañador, a menos que quede probado el derecho del engañado. Por ejemplo, cuando el precio de mercado baja mientras el vendedor desconoce esa circunstancia al momento de vender, pero luego se da cuenta de que ha vendido por un precio superior a su valor. Este ejemplo no se considera engaño, y no se concede al comprador la opción, porque el vendedor no es considerado un engañador cuando no estaba al tanto de la caída del precio.
It is not a condition that the salesman knew about the fraud or the defect (in the commodity) for the choice to be made. Rather, the choice is given to the cheated person once the fraud was proved, whether the salesman knew about it or not. This is because the Ahadith are general (in their sense) and because the reality of the sale is that it happened with that which was forbidden. This is in contrast with deceit (Ghubn), which is proven once it is known. This is because if He was not aware (of the deceit) then He would not really be deceiver unless the right of the deceived is proven. For example, when the market price decreases while the salesman is unaware of that when He sells (a commodity) but then realises that He has sold it for a price which is more than it is worth. This example is not considered deceit, and the purchaser is not given the choice, because the salesman is not considered as a deceiver when He was not aware of the fall in price.